Oposiciones Seguridad Social. Tema 3: La Gestión Recaudatoria. Capítulo 5: Aplazamientos y Devolución de ingresos indebidos
Description
En este episodio, exploraremos la Unidad Didáctica 5, clave para entender los aplazamientos de deudas, la devolución de ingresos indebidos, los fraccionamientos por cobros indebidos y la gestión del capital coste de pensiones en la Seguridad Social.Aplazamientos de PagoUn aplazamiento es un acto administrativo rogado de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que autoriza el pago de deudas fuera de plazo reglamentario, con devengo de intereses. Esto suspende el procedimiento recaudatorio.• Deudas no aplazables: Las cuotas de la aportación de los trabajadores y las de contingencias de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Deben ingresarse en un mes desde la concesión del aplazamiento. Los recargos sobre prestaciones por falta de medidas de seguridad solo son aplazables si se garantizan íntegramente con aval.• Duración: No puede exceder de 5 años, salvo causas extraordinarias autorizadas por el Director General de la TGSS.• Intereses: Se devengan desde la concesión hasta el pago. Se aplica el interés legal del dinero, que se incrementa en dos puntos si se exime de garantías por causas extraordinarias.• Garantías: Son necesarias para cubrir la deuda, recargos, intereses y costas. Plazo máximo de constitución: 30 días naturales, ampliable hasta 6 meses. ◦ Excepciones a la garantía: Administraciones Públicas; deudas aplazables inferiores o iguales a 150.000 €; deudas < 250.000 € si se abona al menos un tercio en 10 días y el resto en dos años; deudas por prestaciones indebidamente percibidas si el deudor es pensionista; o por autorización del Secretario de Estado de la Seguridad Social en casos extraordinarios.• La mera solicitud no suspende el procedimiento recaudatorio.• Incumplimiento: Implica la continuación del procedimiento de apremio. Se aplican recargos del 20% o 35% sobre el principal, y los intereses de demora se exigen desde el vencimiento de los plazos reglamentarios.Devolución de Ingresos IndebidosLos sujetos responsables tienen derecho a la devolución total o parcial de ingresos realizados por error.• Importe a devolver: Principal, recargos, intereses y costas si fue por apremio, más el interés de demora (Art. 31.3) desde el ingreso hasta la propuesta de pago.• No procede la devolución de ingresos maliciosos.• Prescripción: El derecho a la devolución de cuotas prescribe a los 4 años desde el día siguiente al ingreso.• Si el solicitante tiene deudas o aplazamientos, el importe indebido se imputará a la deuda pendiente.• La TGSS es competente para resolver.Fraccionamientos por Cobros Indebidos (Reintegro de Prestaciones Indebidamente Percibidas)Cuando el descuento de prestaciones indebidas no es posible, la TGSS recauda mediante una reclamación de deuda.• El sujeto obligado puede solicitar el fraccionamiento del pago dentro del plazo de ingreso.• La TGSS fijará obligatoriamente los plazos, con un mínimo de 100 € mensuales y una duración máxima de 5 años. Los pagos deben domiciliarse.• El incumplimiento de 3 plazos o la falta de cancelación al final del fraccionamiento inicia automáticamente la vía ejecutiva, con intereses de demora desde el primer plazo incumplido o el último plazo, respectivamente.Capital Coste de PensionesLa TGSS también recauda el capital coste de pensiones y rentas ciertas temporales.• La reclamación de deuda incluye: capital coste, un recargo del 5% por falta de aseguramiento (si aplica), e intereses de capitalización desde la fecha de efectos económicos de la prestación hasta la emisión de la reclamación de deuda. La mutua o empresa añade intereses hasta la fecha de ingreso.• El plazo reglamentario de ingreso finaliza el último día hábil del mes siguiente a la notificación de la reclamación























