Cómo se hace la evaluación de riesgos de las empleadas de hogar: es obligatoria a partir de este viernes
Description
A partir de este viernes, todas las personas que tengan contratada a una empleada del hogar en España estarán obligadas a realizar una evaluación de riesgos laborales del domicilio donde la trabajadora desempeña sus tareas.
El incumplimiento de esta nueva normativa podrá suponer multas de hasta 49.180 euros, según establece el Real Decreto 893/2024, que regula por primera vez la prevención de riesgos en el sector del hogar familiar.
Pasos para realizar la evaluación
Estas son algunas claves de cómo se hace la evaluación de riesgos de las empleadas de hogar:
- La plataforma (www.prevencion10.es) se habilitó el pasado mes de mayo, y según el real decreto, se estableció un plazo de seis meses para realizar la evaluación, por lo que este noviembre los empleadores deben haber implementado las medidas preventivas necesarias para eliminar o reducir los riesgos detectados.
- Todo el proceso se hace desde esa plataforma accediendo a la opción de prevención en el hogar donde se deben introducir los datos del empleador, de las personas que trabajan en casa y las tareas que realizan. Con esa información se hace la evaluación contestando una serie de preguntas sobre bloques diferenciados y, si se detecta algún riesgo, la propia web sugiere las mejoras y soluciones.
Entre las obligaciones está que los empleadores proporcionen gratuitamente a las personas trabajadoras "los equipos de trabajo adecuados para el correcto desempeño de sus funciones" y que los repongan cuando resulte preciso.
Ataque a la web
La página web 'Prevención10.es' se cayó este jueves tras un "ataque malicioso". A primera hora de este viernes, sigue habiendo problemas para acceder a la web. Trabajo recomienda intentar acceder al servicio más tarde y facilita un correo (prevencion10@insst.mites.gob.es) para resolver dudas.
¿Qué documentación se debe tener?
Tras la evaluación se descarga un documento denominado "Plan de prevención de riesgos laborales" que deben firmar la persona empleadora y la empleada, y estar disponible por si lo requiere la Inspección de Trabajo.
En la plataforma también se incluyen materiales explicativos sobre prevención de riesgos laborales adaptados para este colectivo y hay disponible un servicio de atención telefónica gratuito para resolver dudas (913634300, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas).
¿A quién afecta esta nueva obligación?
En España hay unas 348.000 mujeres afiliadas en el sistema especial de empleadas de hogar. El 80 % de ellas tiene más de 40 años y el 69 % tiene origen extranjero o doble nacionalidad, según datos facilitados por el Ministerio de Trabajo.
No obstante, el colectivo sería superior, de unas 463.600 personas según la Encuesta de Población Activa, lo que indica que una cuarta parte (unas 115.600 personas) ni siquiera está dada de alta en la Seguridad Social y, por lo tanto, no se benefician de ninguno de los avances.
¿El incumplimiento puede conllevar sanciones?
Sí, no tener el plan de prevención disponible y rubricado por ambas partes o no aplicar las medidas preventivas podría suponer sanciones por parte de la Inspección de Trabajo que pueden oscilar, en caso de las leves, entre 45 y 2.450 euros, y en caso de graves, entre 2.451 y 49.180 euros.




