Oposiciones Seguridad Social. Tema 4: Jubilación en la Modalidad Contributiva y la Protección por Muerte y Supervivencia. Capítulo Prestaciones y beneficiarios por protección muerte y supervivencia
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En este episodio, profundizamos en la Unidad Didáctica 7, que aborda la protección por muerte y supervivencia en el sistema de la Seguridad Social española. Este tema se centra en las ayudas y pensiones destinadas a quienes dependían económicamente del causante fallecido, así como en los requisitos para acceder a ellas.1. Prestaciones Incluidas Las prestaciones por protección por muerte y supervivencia son variadas e incluyen:• El Auxilio por defunción.• La Pensión de viudedad y la Prestación temporal de viudedad.• La Pensión de orfandad y la Prestación de orfandad (incluyendo una prestación específica para hijos de víctimas de violencia contra la mujer).• Las Prestaciones en favor de familiares, que pueden ser una pensión vitalicia o un subsidio temporal.• Una Indemnización especial a tanto alzado en caso de fallecimiento derivado de accidente de trabajo o enfermedad profesional.2. Hecho Causante y Sujetos Causantes El hecho causante de estas prestaciones es, por lo general, el fallecimiento del causante. Una excepción es la pensión de orfandad en caso de hijo póstumo, cuyo hecho causante es la fecha de nacimiento.Pueden generar derecho a estas prestaciones:• Personas incluidas en el Régimen General que estén afiliadas y en alta o en situación asimilada a la de alta.• Perceptores de subsidios de incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo, maternidad, paternidad o riesgo durante la lactancia natural, siempre que cumplan el período de cotización exigido.• Titulares de pensiones contributivas de jubilación e incapacidad permanente.• Quienes sean reputados "de derecho muertos" por accidente de trabajo o enfermedad profesional, por tener reconocida una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por dichas contingencias.• Trabajadores desaparecidos con ocasión de un accidente (sea o no de trabajo) que haga presumible su muerte y sin noticias durante 90 días naturales posteriores al accidente (excepto para el auxilio por defunción).3. Requisitos de Cotización El periodo mínimo de cotización varía según la circunstancia:• Si el causante estaba en alta o situación asimilada a la de alta al fallecer: Se exige haber cotizado 500 días dentro de los 5 años inmediatamente anteriores al fallecimiento (o al cese de la obligación de cotizar si estaba en situación asimilada sin obligación de cotizar).• Excepciones a este requisito: No se exige periodo de cotización si la muerte es debida a accidente (de trabajo o no) o enfermedad profesional. Tampoco se exige para la pensión de orfandad (si el causante estaba en alta o asimilada) ni para el auxilio por defunción.• Si el causante no estaba en alta o situación asimilada al fallecer por enfermedad común o accidente no laboral: Se exige haber completado un periodo de cotización de 15 años a lo largo de su vida laboral. Esto aplica a la pensión de viudedad, pensión de orfandad y prestaciones en favor de familiares.4. Imprescriptibilidad y Efectos Económicos El derecho al reconocimiento de las prestaciones por muerte y supervivencia, a excepción del auxilio por defunción, es imprescriptible. Los efectos económicos de su reconocimiento se producirán a partir de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.5. Sujetos Beneficiarios La UD7 introduce a los beneficiarios principales:• Pensión de viudedad: Cónyuge superviviente, ex-cónyuge con pensión compensatoria, o pareja de hecho (con requisitos específicos de duración y convivencia).• Pensión de orfandad: Hijos del causante que sean menores de 21 años (o 25 si no realizan trabajo lucrativo o sus ingresos son inferiores al SMI), o que estén incapacitados para el trabajo.• Prestaciones en favor de familiares: Otros familiares como nietos, hermanos, padres y abuelos, bajo condiciones de convivencia, dependencia económica y falta de medios propios de vida.Este episodio es fundamental para comprender cómo el sistema de Seguridad Social protege a las familias ante situaciones de pérdida.























